1. La política pública: I Plan de Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración de la Comunidad de Madrid
Es el Plan de Igualdad para el personal que presta servicios
en la Comunida de Madrid.
Es un conjunto de medidas a adoptar, a fin de alcanzar la
plena igualdad de trato y de oportunidades entre las mujeres y hombres
integrantes de la misma y eliminar cualquier posible tipo de discriminación por
razón de sexo.
Está en vigor desde el 5 de agosto de 2022 hasta el 30 de
junio de 2024.
Tiene ocho líneas estratégicas:
1.
Igualdad para el acceso al empleo público.
2.
Igualdad en el desarrollo de la carrera
profesional.
3.
Tiempo de trabajo, corresponsabilidad y medidas
de conciliación de la vida personal, laboral y familiar.
4.
Formación, lenguaje, información, comunicación y
sensibilización en igualdad.
5.
Situaciones de especial protección (violencia de
género, acoso laboral, acoso sexual o acoso por razón de sexo).
6.
Seguridad y salud en el trabajo desde la
perspectiva de género.
7.
Condiciones retributivas.
8.
Seguimiento y desarrollo del plan de igualdad.
Es una política de género o de igualdad sustantiva, puesto
que pretende llevar el principio de igualdad a todos los ámbitos de la vida
social.
2. Análisis
ROLES
Aunque en el texto del Plan no se menciona la palabra “rol”,
esta política impacta en los roles de género: La línea 3 (tiempo de trabajo,
corresponsabilidad y medidas de conciliación de la vida personal, familiar y
laboral) tiene entre sus objetivos eliminar los obstáculos que impidan la
participación plena de las mujeres en todos los ámbitos y niveles de la
Administración de la Comunidad de Madrid, facilitando las posibilidades de
conciliación entre todo su personal.
RECURSOS
El Plan tiene efecto en el acceso igualitario a recursos
económicos para las mujeres, pues en la Línea 7 (Condiciones retributivas) se estudian
las causas laborales que pudieran producir situaciones que conlleven una
percepción retributiva inferior entre ambos sexos, con el fin de adoptar las
medidas precisas para corregirlas.
REPRESENTACIÓN
Las mujeres participaron en plena igualdad a los hombres en
las decisiones y las relaciones de poder en este proyecto, pues de acuerdo con
el apartado cuarto del Acuerdo de 23 de febrero de 2021 de la Comisión de
Igualdad, se constituyó un Grupo de Trabajo técnico en la misma, de composición
paritaria, al objeto de desarrollar el Plan
3. Impacto y
resultados
El Plan lleva aparejado un programa de evaluación para su
seguimiento, pero no está publicada en el mismo Portal
(de Transparencia) donde está publicado el Plan, y no he sido capaz de ver los
resultados en Internet
Las empleadas públicas, como personas beneficiarias de esta
política, creo que están disfrutando un impacto o efectos positivos del Plan,
pues como empleado de la Comunidad de Madrid percibo igualdad y paridad en el
día a día.
4. Puntos fuertes y
debilidades
+ Podría pensarse que esta política es un poco tardía, al
llamarse “I
Plan de Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración de la Comunidad
de Madrid”, y responder a lo previsto en el artículo 46 de la Ley Orgánica
3/2007, de 27 de marzo y a la Disposición adicional séptima del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, pero hay antecedentes muy anteriores,
como por ejemplo el “I Plan de Igualdad 1989-1991” (ver pág. 3 de este
informe), lo cual facilita la consecución de los nuevos objetivos.
+ Se hizo basándose en un estudio de diagnóstico previo, lo
cual garantiza mejores resultados de la política analizada.
- El programa de evaluación permitirá evaluar los resultados
obtenidos, pero no he encontrado resultados del mismo en el año largo
transcurrido desde su publicación en el boletín.
- No se ha realizado una asignación directa de recursos
económicos, pensando que las medidas contenidas en el plan suponen
principalmente la incorporación de políticas de igualdad en la gestión de
personal existentes, por lo que bastaría con el compromiso y la voluntad
de cambio por parte de todos los implantadores.